Dirección de Supervisión y Liquidación

La Dirección de Supervisión y Liquidación es un Órgano de Línea del PETACC encargada de formular, programar dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y liquidación de estudios, obras y actividades ejecutadas por el PETACC. Está a cargo de un Director designado por la Gerencia General Regional a propuesta de la Jefatura del PETACC.

La base legal que sustenta el accionar de la Dirección de Supervisión y Liquidación, es la siguiente: Ley de Contrataciones del Estado; Ley De Recursos Hídricos; Ley General de Arbitraje; Reglamento General de Construcciones; Normas de Control Interno para el Sector Público y otras Normas relacionadas con sus funciones, vigentes.

LINEAS DE INTERRELACION

  • Linea de Dependencia: Depende jerárquicamente de la Jefatura del PETACC.
  • Linea de Autoridad: Ejerce autoridad jerárquica sobre el personal técnico que depende directamente de su Dirección.
  • Linea de Responsabilidad: Es responsable del cumplimiento de sus funciones y del logro de sus objetivos y metas ante la Jefatura del PETACC.
  • Linea de Coordinación: Para el cumplimiento de sus funciones mantiene relaciones de coordinación con todas la unidades orgánicas del PETACC, Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Agricultura Ica, Juntas de Usuarios de Riego de Ica, Autoridad Local del Agua, Dirección de Asuntos Ambientales del Ministerio de Agricultura.

FUNCIONES

  1. Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos inherentes a la supervisión y liquidación de ejecución de obras y elaboración de estudios de responsabilidad del PETACC, de acuerdo a normatividad vigente
  2. Participar en la formulación y/o actualización y evaluación de los planes de corto, mediano y largo plazo del PETACC, en coordinación con los órganos de asesoramiento y de línea.
  3. Elaborar y visar los expedientes de transferencia de obras a los sectores correspondientes, de acuerdo a la normatividad vigente, y presentarlos a la Dirección de Obras para su gestión.
  4. Normar, orientar, emitir criterios técnicos para la supervisión, recepción y liquidación de los estudios y obras ejecutados por el PETACC
  5. Velar por el cumplimiento de las condiciones contractuales de los servicios para la supervisión de elaboración de estudios y ejecución de obras contratadas por el PETACC.
  6. Dar conformidad a los informes parciales y finales de elaboración de estudios y ejecución de obra y los expedientes de liquidación de estudios y obras, que presentan los consultores y contratistas encargados de su ejecución.
  7. Participar en la suscripción de contratos y convenios de ejecución de estudios y obras del PETACC.
  8. Tener a su cargo la supervisión y control de los contratos de concesión y venta de activos que contengan compromisos de inversión.
  9. Elaborar y visar términos de referencia, planes de trabajo, según corresponda que se requieran para la supervisión y control de elaboración de estudios y ejecución de obras que ejecuta el PETACC.
  10. Dar conformidad a la devolución de fondos y cartas de garantías, cuando proceda.
  11. Supervisar el adecuado manejo del registro y control de las cartas fianzas y garantías de los contratistas.
  12. Dar conformidad las solicitudes de adicionales, deductivos y ampliaciones de plazo en la ejecución de obras y la elaboración de estudios del PETACC, según corresponda
  13. Dar conformidad a los pagos relacionados a los contratos de ejecución de obras y elaboración de estudios, por concepto de adelantos, valorizaciones y otros
  14. Proponer medidas correctivas e implementar recomendaciones orientadas a solucionar la problemática presentada en la supervisión y liquidación de la ejecución de las obras y elaboración de estudios.
  15. Dar conformidad a las absoluciones de consultas que plantean los consultores y contratistas, en la elaboración de estudios y ejecución de obras, según corresponda
  16. Supervisar la correcta operatividad de los equipos de laboratorio de propiedad del PETACC, utilizado para las pruebas de calidad en obras
  17. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes de prevención, emergencia y reconstrucción, en la cual se encuentra involucrado el PETACC
  18. Solicitar investigaciones, auditorias, inspecciones y demás medidas que demanden la buena ejecución de las obras y elaboración de estudios del PETACC
  19. Emitir opinión técnica sobre la recepción y conformidad de los servicios de consultoría de supervisión de estudios y contratación de obras, ejecutados por el PETACC
  20. Emitir opinión técnica respecto a los expedientes de resolución de contrato de los servicios de elaboración de estudios y ejecución de obras, de responsabilidad del PETACC
  21. Emitir opinión técnica respecto a los expedientes de intervención económica de contrato de ejecución de obra, de responsabilidad del PETACC
  22. Emitir opinión técnica y recomendaciones respecto a temas de su competencia que le sean solicitados
  23. Representar por delegación expresa a la institución, en asuntos de su competencia
  24. Participar en los Comités de Selección de Procesos de Contratación de Servicios de Elaboración de Estudios y Ejecución de Obras, de responsabilidad del PETACC
  25. Elaborar el Registro de Modificaciones Ejecutadas Sin Evaluación, y gestionar su aprobación.
  26. Elaborar y presentar los informes de seguimiento y monitoreo de cumplimiento de los Compromisos Medio – Ambientales asumidos en la Licencia Social en la ejecución de los proyectos de inversión de responsabilidad del PETACC
  27. Otras funciones específicas que le asigne la Jefatura del PETACC, en materia de su competencia.